Municipio

La Justicia permite que las fiestas patronales de Pozuelo se celebren en el recinto ferial provisional

  • La Justicia permite que las fiestas patronales de Pozuelo se celebren en el recinto ferial provisional
    La Justicia permite que las fiestas patronales de Pozuelo se celebren en el recinto ferial provisional
15 de Julio de 2026. 08:05 - Redacción
twitter facebook whastapp

Compartir:

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 24 de Madrid ha desestimado la solicitud de medidas cautelares presentada por la asociación Pozcavir para impedir que las fiestas patronales de Nuestra Señora de la Consolación de Pozuelo de Alarcón se celebren este año en el recinto ferial provisional, ubicado en la Avenida de Europa, hasta que los tribunales analizaran el fondo del asunto.

 


 
 

En concreto, dichas medidas cautelares solicitaban la paralización o cancelación de todos los eventos programados en el nuevo recinto ferial provisional de Pozuelo y pedían el traslado de las fiestas patronales de Nuestra Señora de la Consolación de 2026, así como de cualquier otro evento festivo que se programara, a otro espacio del municipio que no ocasionara molestias a los residentes. Además, reclamaban la realización de un estudio para reubicar el recinto ferial en una zona que no afectara a áreas acústicas residenciales.

Pero la resolución, dictada el pasado viernes por el mencionado juzgado, rechaza todas las medidas cautelares solicitadas por la asociación y permite que el Ayuntamiento mantenga la ubicación elegida para los festejos, trasladados en 2024 desde el casco urbano a dicha parcela situada en las afueras del municipio.

La resolución considera justificado el cambio de ubicación

En el auto, la magistrada señala que el traslado de la celebración de las fiestas patronales respondió a la intención de "minimizar el impacto de las molestias que inevitablemente generan estos eventos", al situarlo en una zona con un menor número de viviendas próximas que el anterior emplazamiento.

La resolución recoge que el antiguo recinto se encontraba a unos 23 metros de las viviendas más cercanas, mientras que el actual está aproximadamente a 300 metros.

Motivos para desestimar la petición

Entre los motivos para desestimar la solicitud, el auto indica que la asociación recurrente no aporta datos sobre el número de vecinos potencialmente afectados ni sobre la distancia de las viviendas al recinto, más allá de dos escritos de queja presentados por particulares.

Asimismo, la magistrada considera que la documentación aportada no acredita el daño ambiental alegado y señala que los trabajos de acondicionamiento realizados en la parcela no justifican, por sí solos, la existencia de ese perjuicio.

La resolución también hace referencia a la falta de una propuesta alternativa para celebrar las fiestas en otro emplazamiento. En este sentido, considera "difícil, sino imposible" encontrar otro espacio adecuado con tan poco tiempo de antelación y sin generar molestias a ningún vecino de otras zonas" 

Respecto al ruido, el auto recuerda que este tipo de celebraciones producen molestias de forma inevitable, aunque destaca que, al tratarse de unas fiestas que se desarrollan durante una semana al año, estas tienen un carácter puntual. Además, concluye que los niveles registrados en la anterior edición "no pueden calificarse de desproporcionados o exorbitantes".

La resolución también tiene en cuenta las medidas organizativas previstas por el Ayuntamiento para el desarrollo de los festejos, entre ellas los controles de acceso, la prevención del botellón, las mediciones acústicas, los cortes de tráfico y el dispositivo de seguridad.

Finalmente, la magistrada ha concluído que, en este caso, "deben prevalecer los intereses generales que representa el Ayuntamiento frente a los particulares", por lo que desestima el recurso presentado por la asociación.

 

chat Comentarios
Todavía no hay comentarios, se el primero en comentar.
lluvia Días de lluvia

Lo más leído en Municipio

tablón Tablón inmobiliario